Patrón Portuario
Con el título de Patrón Portuario se podrá ejercer como Patrón en buques mercantes de arqueo bruto no superior a 100 GT que realicen navegaciones siempre que no se alejen más de tres millas de un puerto o de una zona de refugio y que, en su caso, transporten un máximo de 150 pasajeros.
Se podrá ejercer simultáneamente el mando de la embarcación y el servicio de máquinas siempre y cuando lo permitan las características de la embarcación y la potencia propulsora no rebase los 375 KW en un solo motor o el doble de la citada potencia en dos o más motores.
Programa del Curso de Patrón Portuario:
- Planificar una travesía, incluidos consumos.
- Navegación por estima.
- Determinar situaciones por líneas costeras.
- Determinar situaciones y derrotas mediante sistema de ayudas náuticas electrónicas.
- Interpretación de las condiciones meteorológicas a través de mapas e instrumentos.
- Reglamento Internacional para Prevenir Abordajes en la mar.
- Interpretación de cartas y publicaciones náuticas.
- Protección y seguridad de pasajeros en situaciones de emergencia.
- Vocabulario normalizado en inglés.
- Estanqueidad y estabilidad del buque.
- Medidas a tomar en caso de emergencia.
- Realizar maniobras de gobierno de acuerdo con el Reglamento Internacional Prevención Abordajes.
- Principios de maniobra y gobierno del buque.
- Prevención de la contaminación del medio marino.
- Responsabilidades legales del patrón del buque.
- Realizar ejercicios de gobierno de una embarcación.
- Funcionamiento de las máquinas principales y auxiliares del buque.
- Mantenimiento de motores, reparación de averías y plan de mantenimiento.
- Realizar ejercicios reales consistentes en tres líneas de posición: demora, marcación, enfilación.
- Simular situaciones de emergencia: colisión, varada, vía de agua, hombre al agua, salvamento o abandono.
- Simular comunicación idioma inglés.
- Realizar pruebas de reparación de averías, simuladas en los motores, sistema degobierno, sistema eléctrico.
- Realizar pruebas de revisión básica del equipo antes de salir a la mar: propulsor, material de seguridad, baterías.
* Con este título y haber realizado un periodo de embarque no inferior a 12 meses, debiendo acreditar al menos seis meses en el servicio de puente y seis meses en el servicio de máquinas podrás obtener mando como patrón.
Número de horas: 150 h. (110h. teóricas + 40h. prácticas)
¿Para qué sirve el curso de Patrón Portuario?
Sirve para la obtención de un Título profesional marítimo otorgado por la Dirección General de la Marina Mercante (DGMM) y refrendado por la Organización Marítima Internacional (OMI) perteneciente a Naciones Unidas.
La titulación profesional de Patrón Portuario se basa en un sistema de enseñanza común a la mayoría de países, llamado Código o Convenio de Formación, establecido en una asamblea y denominado STCW 95.
El título de Patrón Portuario nos habilita a gobernar cualquier tipo de embarcación profesional dentro de las atribuciones correspondientes.
¿ Que hacer al terminar el curso?
Realizar un período de embarque no inferior a 12 meses*, debiendo acreditar al menos seis meses en el servicio de puente y seis meses en el servicio de máquinas, en barcos de cualquier lista incluidas las de lista 6ª o 7ª con contrato de marinero, y estando dados de alta en la Seguridad Social.
*Importante: dichos días de mar deben ser en Buques civiles españoles de arqueo bruto superior a 5 GT/T.R.B y potencia superior a 100 KW.
Así mismo para ejercer como patrón profesional es obligatorio obtener el certificado de Formación Básica y solicitar la Libreta Marítima.
Salidas profesionales
- En la práctica podemos trabajar en barcos que no se alejen más de 3 millas de un puerto o refugio.
- Ser patrón de lanchas, semirrígidas y demás embarcaciones de playa, como esquí náutico, paracaídas, motos acuáticas, etc …
- Ejercer de patrón para un centro de buceo, trasladando a los alumnos al lugar de la inmersión.
Además, en otras empresas e instituciones:
- Astilleros de barcos de recreo.
- Varaderos de reparación de embarcaciones.
- Clubs Náuticos y Marinas.
- Parques Nacionales y Parques Naturales.
- Remolcadores de puerto o dársena.
- Dragas.
- Barco de la Policía Municipal en puertos y playas.
- Cruz roja del mar en playas. Asimismo, en el sector pesquero nos ofrece la posibilidad de ejercer como Patrón de un barco de pesca no superior a 12 metros y sin alejarse más de 3 millas de un refugio.
El programa se ajusta a la normativa oficial (BOE-A-2012-3857) del 19 de marzo de 2012, en cumplimiento con el Código de Formación del Convenio STCW-2010, cuyo contenido figura en el anexo I, desarrolla las normas de competencia de la Sección A-II/3 del Código de Formación, enmendado.
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